El maltrato hacia las personas con discapacidad: una introducción

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   Ponencia presentada en la Jornada de Conferencias: Envejecer con autonomía y dignidad, del 4 de junio de 2022, organizada por la Comunidad Envejecimiento Activo para la Autonomía Personal (CEAAP) de México y trasmitida en directo vía internet.

 

   El presente trabajo no pretende ser una investigación o estudio exhaustivo, sino dar un pantallaza general a la problemática en el marco de estas Jornadas alusivas al Día contra el Maltrato a las Personas Mayores.

   Las luchas por los derechos de las personas con discapacidad y de las personas mayores se encuentran relacionadas. En primer lugar porque ambos son colectivos cuyos reclamos comenzaron a ser visibilizados recién las últimas décadas. En segundo lugar porque, si bien envejecimiento y discapacidad no son sinónimos (hoy hablamos de Envejecimiento Activo y saludable), muchas personas mayores adquieren discapacidades debido a patologías relacionadas con el envejecimiento (artritis-artrosis, demencias, lesiones óseas). A esto hay que sumar las Personas con Discapacidad que llegan a la edad adulta.

   Según un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS), alrededor del 15% de la población mundial presenta algún tipo de discapacidad, siendo las personas mayores más propensas a presentarlas que las más jóvenes (1).

   Utilizamos acá el concepto de Maltrato ya que es más amplio que el de Violencia. La violencia  es una acción deliberada de causar daño a uno mismo, a otra persona o a la sociedad mientras que el maltrato se puede dar tanto por acción como por omisión. Las personas con discapacidad pueden sufrir maltrato por: a) acción directa de querer causarles daño; b) por omisión o indiferencia ante sus derechos; y c) por sobreprotección, que limita el ejercicio de su autonomía e independencia personal.

   Las personas con discapacidad (PCD) están más expuestas que la población general a sufrir malos tratos o vulneraciones de sus derechos. Según cifras de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) las personas adultas con alguna discapacidad tienen 1,5 veces más posibilidades de sufrir actos de violencia, y quienes padecen discapacidades psíquicas o cognitivas son cuatro veces más propensas a ser objeto de violencia física.

   Si observamos a la población infantil: los niños y las niñas con discapacidad sufren hasta 4 veces más violencia que el resto de las personas de su misma edad, y en el caso de los niños y las niñas con discapacidades psíquicas o cognitivas la cifra es aún más alarmante porque puede llegar a ser 10 veces superior al promedio. Si vamos a lo que se refiere a las agresiones contra la libertad sexual, los niños y las niñas con discapacidad tienen 4,6 veces más posibilidades de sufrirlas que el resto de las infancias.

   Al igual que sucede con la población general, la mayoría de las agresiones físicas, psíquicas, económicas y contra la libertad sexual que sufren las personas con discapacidad suceden en el hogar y por parte de miembros de su familia o personas que se ocupan de sus cuidados. Pero además de estas, existen formas de violencia que son ejercidas desde los ámbitos institucionales.

   Muchas personas con discapacidad requieren tratamiento, atenciones o apoyos profesionales que las familias no le pueden proveer, por lo que necesitan recurrir a instituciones, ya sea para tratamientos ambulatorios o para una internación prolongada.

   En las instituciones pueden darse muchos casos de violencia: maltratos físicos y psíquicos por parte del personal, abusos contra sus libertades sexuales, restricciones a la movilidad contra su voluntad, falta de provisión de medicamentos o –por el contrario- sobremedicación para controlar su conducta, falta de provisión de alimentos o alimentación forzada, limitación a su autonomía, y atención inadecuada de su salud.

   Acaso en donde más se ha estudiado la violación a los derechos humanos es en las instituciones dedicadas a la internación de pacientes con sufrimiento mental. A modo de ejemplo, voy a mencionar el caso del antiguo Hospital Psiquiátrico de la Provincia argentina de San Luis, en el que tuve la oportunidad de realizar una Pasantía en 2018 cuando ya se había reconvertido en un Hospital Escuela de Salud Mental bajo un paradigma completamente nuevo.

   La Lic. Graciela Bustos, profesional de la institución, recuerda que “en 1993 el Hospital Psiquiátrico de San Luis tenía todas las características de un manicomio, era un depósito de seres humanos desconectados de sus familias y de su comunidad, cuyo tratamiento estaba basado en la ingesta de psicofármacos que se aumentaba o disminuía como premio o castigo a conductas adaptadas a las necesidades de la institución” (2). La mayoría de las personas permanecían recluidas de por vida, mujeres daban a luz a niños/as de padres desconocidos pero sospechados que les eran quitados a poco de nacer, se les rapaba la cabeza para prevenir la pediculosis en lugar de combatir los piojos, y tanto internos como empleados/as tenían disminuida su movilidad por el uso de los llavines que eran administrados por los jefes de sectores. Como dice el doctor Jorge Pellegrini –uno de los impulsores del proceso de Transformación Institucional del Hospital-,  se volvían masas anónimas y anómicas, sometidas a hospitalismo, deprivación sensorial y secuestro institucional (3).

   El cuestionamiento a las instituciones de encierro comenzó a nivel mundial tras la Segunda Guerra Mundial ya que se las asociaba a los campos de concentración del nazismo. En Argentina esto comenzó con la restauración democrática de 1983, ya que se las asociaba a los Centros Clandestinos de Detención de la Dictadura Civico-Militar. Las reformas que se realizaron en países de Europa, América y –en menor medida- de África, Asia y Australia se basaban en los siguientes puntos: 1) el cuestionamiento del encierro como medida terapéutica; 2) la atención ambulatoria y domiciliaria, la creación de dispositivos de trabajo y educación para las personas antes internadas; y 3) la pérdida de poder de la psiquiatría como disciplina totalizante y su reemplazo por equipos interdisciplinarios (formados por psiquiatras, psicólogos/as, neurólogos/as, psicoanalistas, terapeutas ocupacionales, personal de enfermería, trabajadores/as sociales, especialistas en arte y demás) (4).

   Lamentablemente estas prácticas no se limitan a los manicomios sino que también es posible encontrarlas en otros centros de salud, instituciones educativas, residencias de larga estadía para personas mayores o talleres laborales inclusivos.

   Otra forma de maltrato ejercida desde las instituciones es la llamada Violencia Burocrática, la que podemos definir como el conjunto de mecanismos o estrategias que, por lo general dentro del marco de la legalidad, aparecen como un parapeto y bloquean las reclamaciones contra los actos de injusticia y de las múltiples expresiones de violencia. Aunque asimismo, por la frustración o la sensación de injusticia que genera, puede acabar cristalizando a fin de cuentas en una fuente indirecta y se supone que involuntaria del estallido espontáneo, para muchos inexplicable e irracional, de otras muestras de violencia física o material. Los cauces legales son percibidos por buena parte de la población como herramientas inútiles de reclamación y eso origina tanto una sensación de indefensión jurídica como un sentimiento de traición hacia los representantes políticos elegidos democráticamente. El convencimiento de que la los poderes del Estado (incluido el Judicial) están al servicio de los poderosos conduce a precarizar la paz social, desconocer las instituciones gubernamentales y deriva en estas formas alternativas y espontáneas de

protesta, que en muchos desembocan en manifestaciones de violencia física y material (5).

   Las PCD sufren esta violencia burocrática cuando se les niega el acceso a sus derechos y los órganos para reclamar no funcionan correctamente. Cuando deben hacer interminables trámites para que se les garantice su acceso a la educación o la salud, sin la seguridad de que se les va a cumplir. Cuando un lugar al que asisten para trabajar, estudiar, atenderse o recrearse no tiene rampas, señalizaciones en braille, apoyos visuales o traductores en lengua de señas, y los organismos responsables de hacer esas obras buscan excusas para no realizarlas. Cuando no se toman sus denuncias o las mismas solo sean archivadas sin nunca darse un fallo favorable. O Cuando no pueden pagar un patrocinio legal.

   Ante esto, algunas personas optan por organizarse y reclamar en conjunto por sus derechos. Pero otras quedan tan desmotivadas por la burocracia que llegan a considerar que no hay nada que se pueda hacer y terminan naturalizando las injusticias. Pasan a creer que ese es su destino por ser una PCD y que nunca podrán acceder a las obras de accesibilidad que requieren para su pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos.

   Estas formas de violencia por parte de las instituciones representan una violación a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su artículo 16° establece que: “Los Estados Partes deben proteger a las personas con discapacidad contra los abusos económicos, físicos y mentales. Si se producen esos abusos, los Estados Partes deben tomar todas las medidas pertinentes para promover la recuperación y, cuando proceda, perseguir y enjuiciar esos abusos”. Por su parte el 17° “Los Estados Partes deben proteger la integridad mental y física de la persona” (6).

   Frente a las diferentes formas de maltrato que sufren las personas con discapacidad, las herramientas con las que cuentan para combatirla podemos resumirla en los siguientes puntos:

 

1) Las herramientas legales: La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ONU en 2006 y ratificada por cerca de 100 países, es la principal herramienta para reclamar legalmente. En Argentina tiene rango constitucional desde 2014. A esta se suman otras legislaciones internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica (1966), la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979), la Convención sobre los Derechos del Niño (1990) o la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (2015). Cada país y sus subdivisiones nacionales cuentan además con legislaciones propias que se pueden utilizar para reclamar, así como agencias especializadas

 

2) Las organizaciones sociales: La creación de organizaciones de personas con discapacidad desde la década de 1960 o el fortalecimiento de las ya existentes es otra herramienta para reclamar por el cumplimiento de los derechos. Las mismas pueden asesorar a las personas con discapacidad acerca de sus derechos, organizar denuncias colectivas, y realizar acciones directas (movilizaciones, boycott, bloqueos) para visibilizar las formas de violencia que sufren las personas con discapacidad para que los organismos competentes se vean presionados para cumplir con sus obligaciones.

 

3) La educación: “Vulgarizar los derechos”, como decía el revolucionario Mariano Moreno. La formación en derechos humanos en general y de las personas con discapacidad en particular sirve en un doble sentido. Por un lado para que las personas con discapacidad sepan cuales son sus derechos y puedan reclamar su cumplimiento. Por otro sirve para que la población en general, y sobre todo quienes tienen que realizar las obras de accesibilidad y las políticas sociales, sepan cuáles son los derechos que deben garantizar.

 

   El maltrato y la violencia nacen cuando no se garantizan el acceso a los derechos. Luchar por el reconocimiento de los derechos humanos de las personas con discapacidad y de las personas mayores ayudará a la creación de una sociedad más justa y libre de violencias.

 

 

Si los pueblos no se ilustran, si no se vulgarizan sus derechos, si cada hombre no conoce lo que vale, lo que puede y lo que se le debe, nuevas ilusiones sucederán a las antiguas, y después de vacilar algún tiempo entre mil incertidumbres, será tal vez nuestra suerte mudar de tiranos sin destruir la tiranía”. Mariano Moreno

 

Bibliografía:

(1) https://www.paho.org/es/temas/discapacidad  

(2) Bustos, Graciela; “Acompañamiento terapéutico institucional”, Revista del HPSL, N° 4, 2001.

(3) Pellegrini, Jorge Luis; No quiero que me den una mano… quiero que saquen las manos de encima, San Luis, Gráfica Payne, 2011.

(4) Valencia, Luciano Andrés; “Sobre manicomios y políticas de salud mental: un recorrido histórico y la necesidad de hacer efectiva una ley”, La Quinta Pata, http://la5tapata.net/sobre-manicomios-y-politicas-de-salud-mental-un-recorrido-historico-y-la-necesidad-de-hacer-efectiva-la-ley/, 29 de julio de 2021.  

(5) Straehle, Edgar; “Observaciones acerca de uno de los rostros de la violencia contemporánea”, Anuari del Conflicte Social, 2014.

(6) ONU; Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Material de promoción, Serie de Capacitación Profesional N° 15.

 

Comentarios

  1. Es imposible para mí no asociar la lectura de este trabajo tuyo a complejas experiencias grabadas en mi memoria. Muchas gracias, Luciano.

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    1. Gracias Paula por pasar y comentar. Me alegro que mi texto movilizara a pensar. La violencia burocrática e institucional no solo afecta a las personas con discapacidad o enfermedades crónicas; sino que todo el mundo lo sufre. Por eso la accesibilidad debe ser universal.

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  2. Importante aporte para visibilizar las problemáticas que afectan a las personas con discapacidad y personas adultas mayores.

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