El maltrato hacia las personas con discapacidad: una introducción
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Ponencia presentada en la Jornada de
Conferencias: Envejecer con autonomía y dignidad, del 4 de junio de 2022,
organizada por la Comunidad Envejecimiento Activo para la Autonomía Personal
(CEAAP) de México y trasmitida en directo vía internet.
Las luchas por los derechos de las personas con discapacidad y de las
personas mayores se encuentran relacionadas. En primer lugar porque ambos son
colectivos cuyos reclamos comenzaron a ser visibilizados recién las últimas
décadas. En segundo lugar porque, si bien envejecimiento y discapacidad no son
sinónimos (hoy hablamos de Envejecimiento Activo y saludable), muchas personas
mayores adquieren discapacidades debido a patologías relacionadas con el
envejecimiento (artritis-artrosis, demencias, lesiones óseas). A esto hay que
sumar las Personas con Discapacidad que llegan a la edad adulta.
Según un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS), alrededor
del 15% de la población mundial presenta algún tipo de discapacidad, siendo las
personas mayores más propensas a presentarlas que las más jóvenes (1).
Utilizamos acá el concepto de Maltrato ya que es más amplio que
el de Violencia. La violencia es
una acción deliberada de causar daño a uno mismo, a otra persona o a la
sociedad mientras que el maltrato se puede dar tanto por acción como por omisión.
Las personas con discapacidad pueden sufrir maltrato por: a) acción directa de
querer causarles daño; b) por omisión o indiferencia ante sus derechos; y c)
por sobreprotección, que limita el ejercicio de su autonomía e independencia
personal.
Las personas con discapacidad (PCD) están más expuestas que la población
general a sufrir malos tratos o vulneraciones de sus derechos. Según cifras de
la Organización de las Naciones Unidas (ONU) las personas adultas con alguna
discapacidad tienen 1,5 veces más posibilidades de sufrir actos de violencia, y
quienes padecen discapacidades psíquicas o cognitivas son cuatro veces más
propensas a ser objeto de violencia física.
Si observamos a la población infantil: los niños y las niñas con discapacidad
sufren hasta 4 veces más violencia que el resto de las personas de su misma
edad, y en el caso de los niños y las niñas con discapacidades psíquicas o
cognitivas la cifra es aún más alarmante porque puede llegar a ser 10 veces
superior al promedio. Si vamos a lo que se refiere a las agresiones contra la
libertad sexual, los niños y las niñas con discapacidad tienen 4,6 veces más
posibilidades de sufrirlas que el resto de las infancias.
Al igual que sucede con la población general, la mayoría de las
agresiones físicas, psíquicas, económicas y contra la libertad sexual que
sufren las personas con discapacidad suceden en el hogar y por parte de
miembros de su familia o personas que se ocupan de sus cuidados. Pero además de
estas, existen formas de violencia que son ejercidas desde los ámbitos
institucionales.
Muchas personas con discapacidad requieren tratamiento, atenciones o
apoyos profesionales que las familias no le pueden proveer, por lo que
necesitan recurrir a instituciones, ya sea para tratamientos ambulatorios o
para una internación prolongada.
En las instituciones pueden darse muchos casos de violencia: maltratos
físicos y psíquicos por parte del personal, abusos contra sus libertades
sexuales, restricciones a la movilidad contra su voluntad, falta de provisión
de medicamentos o –por el contrario- sobremedicación para controlar su
conducta, falta de provisión de alimentos o alimentación forzada, limitación a
su autonomía, y atención inadecuada de su salud.
Acaso en donde más se ha estudiado la violación a los derechos humanos
es en las instituciones dedicadas a la internación de pacientes con sufrimiento
mental. A modo de ejemplo, voy a mencionar el caso del antiguo Hospital
Psiquiátrico de la Provincia argentina de San Luis, en el que tuve la
oportunidad de realizar una Pasantía en 2018 cuando ya se había reconvertido en
un Hospital Escuela de Salud Mental bajo un paradigma completamente nuevo.
La Lic.
Graciela Bustos, profesional de la institución, recuerda que “en 1993 el
Hospital Psiquiátrico de San Luis tenía todas las características de un
manicomio, era un depósito de seres humanos desconectados de sus familias y de
su comunidad, cuyo tratamiento estaba basado en la ingesta de psicofármacos que
se aumentaba o disminuía como premio o castigo a conductas adaptadas a las
necesidades de la institución” (2). La mayoría de las personas permanecían
recluidas de por vida, mujeres daban a luz a niños/as de padres desconocidos
pero sospechados que les eran quitados a poco de nacer, se les rapaba la cabeza
para prevenir la pediculosis en lugar de combatir los piojos, y tanto internos
como empleados/as tenían disminuida su movilidad por el uso de los llavines que
eran administrados por los jefes de sectores. Como dice el doctor Jorge Pellegrini
–uno de los impulsores del proceso de Transformación Institucional del
Hospital-, se volvían masas anónimas y
anómicas, sometidas a hospitalismo, deprivación sensorial y secuestro
institucional (3).
El cuestionamiento a las instituciones de
encierro comenzó a nivel mundial tras la Segunda Guerra Mundial ya que se las
asociaba a los campos de concentración del nazismo. En Argentina esto comenzó
con la restauración democrática de 1983, ya que se las asociaba a los Centros
Clandestinos de Detención de la Dictadura Civico-Militar. Las reformas que se
realizaron en países de Europa, América y –en menor medida- de África, Asia y
Australia se basaban en los siguientes puntos: 1) el cuestionamiento del
encierro como medida terapéutica; 2) la atención ambulatoria y domiciliaria, la
creación de dispositivos de trabajo y educación para las personas antes
internadas; y 3) la pérdida de poder de la psiquiatría como disciplina
totalizante y su reemplazo por equipos interdisciplinarios (formados por
psiquiatras, psicólogos/as, neurólogos/as, psicoanalistas, terapeutas
ocupacionales, personal de enfermería, trabajadores/as sociales, especialistas
en arte y demás) (4).
Lamentablemente estas prácticas no se
limitan a los manicomios sino que también es posible encontrarlas en otros
centros de salud, instituciones educativas, residencias de larga estadía para
personas mayores o talleres laborales inclusivos.
Otra forma de maltrato ejercida desde las
instituciones es la llamada Violencia Burocrática, la que podemos definir
como el conjunto de mecanismos o estrategias que, por lo general dentro del
marco de la legalidad, aparecen como un parapeto y bloquean las reclamaciones
contra los actos de injusticia y de las múltiples expresiones de violencia.
Aunque asimismo, por la frustración o la sensación de injusticia que genera,
puede acabar cristalizando a fin de cuentas en una fuente indirecta y se supone
que involuntaria del estallido espontáneo, para muchos inexplicable e
irracional, de otras muestras de violencia física o material. Los cauces
legales son percibidos por buena parte de la población como herramientas
inútiles de reclamación y eso origina tanto una sensación de indefensión
jurídica como un sentimiento de traición hacia los representantes políticos
elegidos democráticamente. El convencimiento de que la los poderes del Estado
(incluido el Judicial) están al servicio de los poderosos conduce a precarizar
la paz social, desconocer las instituciones gubernamentales y deriva en estas
formas alternativas y espontáneas de
protesta,
que en muchos desembocan en manifestaciones de violencia física y material (5).
Las PCD sufren esta violencia burocrática
cuando se les niega el acceso a sus derechos y los órganos para reclamar no
funcionan correctamente. Cuando deben hacer interminables trámites para que se
les garantice su acceso a la educación o la salud, sin la seguridad de que se
les va a cumplir. Cuando un lugar al que asisten para trabajar, estudiar,
atenderse o recrearse no tiene rampas, señalizaciones en braille, apoyos
visuales o traductores en lengua de señas, y los organismos responsables de
hacer esas obras buscan excusas para no realizarlas. Cuando no se toman sus
denuncias o las mismas solo sean archivadas sin nunca darse un fallo favorable.
O Cuando no pueden pagar un patrocinio legal.
Ante esto, algunas personas optan por
organizarse y reclamar en conjunto por sus derechos. Pero otras quedan tan
desmotivadas por la burocracia que llegan a considerar que no hay nada que se
pueda hacer y terminan naturalizando las injusticias. Pasan a creer que ese es
su destino por ser una PCD y que nunca podrán acceder a las obras de
accesibilidad que requieren para su pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos.
Estas formas de violencia por parte de las
instituciones representan una violación a la Convención Internacional sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su artículo 16°
establece que: “Los Estados Partes deben proteger a las personas con
discapacidad contra los abusos económicos, físicos y mentales. Si se producen
esos abusos, los Estados Partes deben tomar todas las medidas pertinentes para
promover la recuperación y, cuando proceda, perseguir y enjuiciar esos abusos”.
Por su parte el 17° “Los Estados Partes deben proteger la integridad mental
y física de la persona” (6).
Frente a las diferentes formas de maltrato
que sufren las personas con discapacidad, las herramientas con las que cuentan
para combatirla podemos resumirla en los siguientes puntos:
1)
Las herramientas legales: La Convención Internacional sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ONU en 2006 y ratificada por
cerca de 100 países, es la principal herramienta para reclamar legalmente. En
Argentina tiene rango constitucional desde 2014. A esta se suman otras
legislaciones internacionales como la Declaración Universal de los Derechos
Humanos (1948), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales (1966), la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José
de Costa Rica (1966), la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer (1979), la Convención sobre los Derechos del
Niño (1990) o la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos
Humanos de las Personas Mayores (2015). Cada país y sus subdivisiones
nacionales cuentan además con legislaciones propias que se pueden utilizar para
reclamar, así como agencias especializadas
2)
Las organizaciones sociales: La creación de organizaciones de personas
con discapacidad desde la década de 1960 o el fortalecimiento de las ya
existentes es otra herramienta para reclamar por el cumplimiento de los
derechos. Las mismas pueden asesorar a las personas con discapacidad acerca de
sus derechos, organizar denuncias colectivas, y realizar acciones directas
(movilizaciones, boycott, bloqueos) para visibilizar las formas de violencia
que sufren las personas con discapacidad para que los organismos competentes se
vean presionados para cumplir con sus obligaciones.
3)
La educación: “Vulgarizar los derechos”, como decía el revolucionario
Mariano Moreno. La formación en derechos humanos en general y de las personas
con discapacidad en particular sirve en un doble sentido. Por un lado para que
las personas con discapacidad sepan cuales son sus derechos y puedan reclamar
su cumplimiento. Por otro sirve para que la población en general, y sobre todo
quienes tienen que realizar las obras de accesibilidad y las políticas
sociales, sepan cuáles son los derechos que deben garantizar.
El maltrato y la violencia nacen cuando no
se garantizan el acceso a los derechos. Luchar por el reconocimiento de los
derechos humanos de las personas con discapacidad y de las personas mayores
ayudará a la creación de una sociedad más justa y libre de violencias.
“Si los pueblos no se ilustran, si no
se vulgarizan sus derechos, si cada hombre no conoce lo que vale, lo que puede
y lo que se le debe, nuevas ilusiones sucederán a las antiguas, y después de
vacilar algún tiempo entre mil incertidumbres, será tal vez nuestra suerte
mudar de tiranos sin destruir la tiranía”. Mariano Moreno
Bibliografía:
(1) https://www.paho.org/es/temas/discapacidad
(2) Bustos, Graciela; “Acompañamiento terapéutico
institucional”, Revista del HPSL, N° 4, 2001.
(3)
Pellegrini, Jorge Luis; No quiero que me den una mano… quiero que saquen las
manos de encima, San Luis, Gráfica Payne, 2011.
(4)
Valencia, Luciano Andrés; “Sobre
manicomios y políticas de salud mental: un recorrido histórico y la necesidad
de hacer efectiva una ley”, La Quinta Pata, http://la5tapata.net/sobre-manicomios-y-politicas-de-salud-mental-un-recorrido-historico-y-la-necesidad-de-hacer-efectiva-la-ley/, 29 de julio de 2021.
(5)
Straehle, Edgar; “Observaciones acerca de
uno de los rostros de la violencia contemporánea”, Anuari del Conflicte
Social, 2014.
(6) ONU; Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Material de promoción, Serie de Capacitación Profesional N° 15.
Es imposible para mí no asociar la lectura de este trabajo tuyo a complejas experiencias grabadas en mi memoria. Muchas gracias, Luciano.
ResponderEliminarGracias Paula por pasar y comentar. Me alegro que mi texto movilizara a pensar. La violencia burocrática e institucional no solo afecta a las personas con discapacidad o enfermedades crónicas; sino que todo el mundo lo sufre. Por eso la accesibilidad debe ser universal.
EliminarImportante aporte para visibilizar las problemáticas que afectan a las personas con discapacidad y personas adultas mayores.
ResponderEliminarMuy importante. Gracias por pasar.
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