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Mostrando las entradas etiquetadas como Congreso Nacional

Participación en el Programa Sí, Claro que se Puede (14 de agosto de 2026)

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     El viernes 14 de agosto de 2026 me realizaron una entrevista para el programa radial Sí, Claro que se Puede (Radio La Quinta Pata, de la provincia de Córdoba) acerca de mi artículo " ¿Por qué se debe incluir a las personas con discapacidad en las Constituciones Nacionales? ". Hablamos sobre las reformas constitucionales argentinas, el lugar que ocupan en su articulado las personas con discapacidad, mayores o con condiciones de salud mental, la lucha por la inclusión y contra la discriminación, las condiciones históricas de marginación de diversos colectivos sociales y la necesidad de poner temas en la agenda pública.      El programa se puede escuchar en:  https://www.youtube.com/watch?v=23AN_K8cGw0 (mi intervención comienza a partir del minuto 48).     El blog del programa de radio también reprodujo mi artículo en:  https://claroquesepuede24.blogspot.com/2026/08/por-que-se-debe-incluir-las-personas.html . 

¿Por qué se debe incluir a las personas con discapacidad en las Constituciones Nacionales?

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     Una Constitución es un texto de carácter jurídico-político que tiene como propósito la organización de un Estado estableciendo separación de poderes, elección de autoridades y derechos de los ciudadanos. Se considera el primer antecedente constitucional a la Carta Magna del Reino de Inglaterra de 1215, que se complementó con la Carta de Derechos de 1689. Sin embargo, las primeras constituciones modernas surgen en la segunda mitad del siglo XVIII con la organización de los Estados Nacionales, siendo los principales ejemplos: la de la Isla de Córcega en 1755, la de los Estados Unidos aprobada en 1787 -la más antigua todavía en vigencia-, y la revolucionaria francesa de 1791 -que incluía los Derechos del Hombre y sería modelo de las constituciones del siglo XIX-.    Dado el contexto histórico en que se aprobaron estos documentos, numerosos colectivos sociales quedaron excluidos, tales como las mujeres, las infancias, las clases populares, las mal llam...

Boletín de la Red Interuniversitaria Latinoamericana y del Caribe de Discapacidad y Derechos Humanos (Enero de 2025)

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  Adjunto el número de Enero de 2025 (Vol. 12, N° 1) del Boletín de la Red Interuniversitaria Latinoamericana de Discapacidad y Derechos Humanos, en donde se incluyen los links de dos de mis artículos: * "2024: un año en que tendimos puentes para la inclusión y la unidad latinoamericana":  https://elrefugiadodelaspalabras.blogspot.com/2024/12/sabado-30-de-noviembre-de-2024-se-llevo.html  * "Dificultades específicas del aprendizaje: La Pampa exige el cumplimiento de la Ley Nacional":   https://elrefugiadodelaspalabras.blogspot.com/2024/11/dificultades-especificas-del.html    Se puede descargar en:   https://www.red-universidadydiscapacidad.org/documentos/2025_01_boletin_enero_2025.pdf

Dificultades Específicas del Aprendizaje: en La Pampa reclaman el cumplimiento de la Ley Nacional

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      En la provincia de La Pampa, un grupo de madres y padres de diferentes localidades (Santa Rosa, Ingeniero Luiggi, Macachín, Miguel Riglos, Doblas) nucleados en la agrupación   MAPA La Pampa , se encuentran reclamando que el Gobierno y la Cámara de Diputados adhieran a la Ley Nacional N° 27.306 , que declara “ de Interés Nacional el abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA) ”.    La normativa, aprobada por el Congreso de la Nación el 4 de noviembre de 2016, establece como objetivo prioritario garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas, adolescentes y adultos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (artículo 1°) y declara de Interés Nacional su abordaje interdisciplinario y la formación profesional en su detección temprana, diagnóstico y tratamiento, así como su difusión y el acceso a las prestaciones (artículo 2°).    El artículo 3° defi...

¿Cuál fue la Primera Ley Nacional Argentina? (artículo histórico)

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      Al momento de escribir este artículo, la Ley Nacional más reciente es la N° 27.723 (julio 2023) de Acuerdo de Transporte Aéreo con la República de Portugal. Seguramente no será una ley tan relevante para nuestra historia como lo fueron la N° 1420 (1884) de Educación Pública, la Ley Sáenz Peña N° 8871 (1912) de voto secreto y obligatorio, o la Ley de Sufragio Femenino N° 13.010 (1947). Sin embargo, esta última ley me llevó a preguntarme acerca de cuál fue la primera.    En su búsqueda me dirigí a la Biblioteca del Congreso de la Nación y el personal del Departamento de Referencia y Atención al Usuario me hicieron llegar muy amablemente una versión escaneada de la Ley Nacional N° 1. Pero antes de ir a la misma vamos a situarnos en el contexto histórico.    La  Batalla de Caseros en 1852 provocó la caída del gobierno de  Juan Manuel de Rosas ,  dejando abierto el camino para la organización constitucional del país. Sin embargo, p...

¿Por qué es importante jugar?

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     El juego es lo que hacen los/as niños/as cuando dicen que están jugando. Es el motor por excelencia del desarrollo infantil, el aprendizaje y la creación de lazos sociales. El juego es contradictorio: por un lado se incorporan los valores sociales dominantes, y por otro se aprende a transformarlos y transgredirlos. ¿Basta con esto para responder a la pregunta que da título al artículo? A continuación, iremos más a detalle.    En primer lugar, el jugar es importante porque es un derecho consagrado. La Convención de los Derechos del Niño (1989) establece en su artículo 31° que: “ Los Estados reconocen el derecho del niño al descanso, esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad, y a participar libremente de la vida cultural y de las artes ”. Esto también se encuentra en el OG 17 –párrafo 7- del Comité de los Derechos del Niño (1991) de la ONU.    En Argentina, la Convención fue aprobada en 1990 y tiene rango constitu...

Para que todos los derechos se cumplan

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RESEÑA : Cofré, Malvina Noelia; Amparos en Salud y Discapacidad. De la teoría a la práctica , Buenos Aires, Ediciones DyD, Innovación Jurídica, 2022, 246 pp.    La salud y los derechos de las personas con discapacidad son derechos humanos inalienables consagrados por diversos tratados internacionales. En Argentina la Constitución Nacional de 1994 ratificó estos tratados e incluyó una serie de artículos específicos (14, 42, 43, 75) destinados a la protección de los grupos vulnerables, entre ellos las personas con discapacidad, quienes padecen enfermedades crónicas, niños, niñas y adolescentes, y personas adultas mayores.    Sin embargo, estas leyes y tratados internacionales con rango constitucional son frecuentemente ignorados e incumplidos por el mismo Estado que los ratificó, así como las obras sociales, empresas de medicina prepaga y centros de salud (públicos y privados). Por eso el Amparo como Tutela Judicial Efectiva se convierte en la herramienta le...

NO al Ajuste en Discapacidad!!!! Por el derecho de las PCD y de los/as prestadores!!!!

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 Firmá el petitorio en :  https://www.change.org/p/no-al-proyecto-de-decreto-que-saca-a-la-discapacidad-de-las-obras-sociales-andiscapacidad-msalnacion-carlavizzotti-fggalarraga

Por el derecho a la lactancia y el reconocimiento de las puericultoras

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   Recientemente se presentó en el Congreso Nacional argentino el Proyecto de Ley de Ejercicio Profesional de la Puericultura, por parte de las diputadas Vanesa Siley y Marilina Larroque (Frente de Todos), y acompañado por la asociación civil Unión de Puericultoras Argentinas (UPA).    Dicho proyecto tiene como objetivo “ incorporar la atención por parte de Puericultoras dentro de las prestaciones que dispone la Ley 25.929 en materia de lactancia materna y establecer un régimen normativo que regule la actividad que se incorpora al sistema nacional de salud ” (art. 1°). Por otro lado se considera a la puericultura como la asistencia y apoyo a las personas gestantes, y a los niños y las niñas, una vez producido el nacimiento, en relación con la lactancia, los cuidados y la crianza (art. 2°).    El artículo 3° modifica la Ley Nacional de Parto Humanizado N° 25.929 , estableciendo que toda mujer embarazada tiene derecho a ser informada correctamente de las ...

“Oíd el ruido de rotas cadenas”: Restricciones a la movilidad en salud mental y en personas mayores

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" Oid el ruido de rotas cadenas ved en trono a la noble igualdad " Himno Nacional Argentino       Se entiende por Restricción o Contención Física y Mecánica al uso de dispositivos para limitar la movilidad de una parte o de la totalidad del cuerpo con el objetivo de evitar actividades físicas que puedan poner en peligro a la persona o a otras de su entorno.    Su uso es de larga data. Ya en el siglo XVIII el médico escocés William Cullen (1710-1790), a quién debemos el concepto de neurosis , afirmaba que “ restringir la ira y violencia de las personas con enfermedad mental es siempre necesario para prevenir que se hieran a ellos mismos o que dañen a otros, pero tal restricción debe ser considerada también como un remedio ”. El médico y político revolucionario Phillipe Pinel (1745- 1826) es reconocido como “ el que liberó a los locos ” durante la Revolución Francesa. Sin embargo, cuando dirigió los Asilos de Salpetriere y Bicetre, solo liberó a un número muy ...