Usar el dolor para salvar otras vidas: entrevista a la ONG Por la Vida y la Salud
Se denomina Mala Praxis o Malas prácticas a la aplicación dañina, imprudente, sin los cuidados necesarios o con omisiones culposas de contenidos teóricos que debe tener un profesional o técnico que ejerce de manera habitual y que está obligado contractualmente con otra persona que paga el servicio (ya sea pago directo o a través de las agencias públicas). De este contrato nace una responsabilidad, por lo que el profesional que no cumpla con el mismo puede ser acusado de obrar de manera culposa o dolosa. El Código Penal de la República Argentina –sin usar ese concepto- establece que: “ Será reprimido con prisión de uno (1) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dos (2) años si fueren más de una las víctimas fatale...